Normativa de patinetes eléctricos en España (2026)
Seguro obligatorio, registro en la DGT, casco, edad mínima y certificado: lo que exige la ley para circular en patinete eléctrico y lo que tienes que revisar si vas a comprar o vender uno de segunda mano.
Actualizado el . Información general basada en el BOE y la DGT; enlazamos las fuentes oficiales al final.
Resumen: qué necesitas para circular
| Obligación | Desde | Qué tienes que hacer |
|---|---|---|
| Inscripción en la DGT y etiqueta | 30/01/2026 | Inscribirlo en la sede de la DGT (8,67 €) y pegar la etiqueta con su número. |
| Seguro de responsabilidad civil | 2026 | Contratarlo con el certificado de inscripción. |
| Casco | 01/10/2026 | Homologado o certificado y bien abrochado, siempre. |
| Edad mínima: 15 años | 01/10/2026 | Los menores de 15 no pueden conducirlo. |
| Reflectante de noche | 01/10/2026 | Chaleco o elemento reflectante visible a 150 m. |
| Certificado de circulación | 22/01/2027 | Solo podrán circular los patinetes certificados. |
| Luces siempre encendidas | 01/10/2027 | Alumbrado encendido también de día. |
¿Qué es un patinete eléctrico para la ley?
La normativa lo llama vehículo de movilidad personal (VMP): un vehículo de una plaza, propulsado solo por motor eléctrico, con una velocidad máxima por diseño de entre 6 y 25 km/h. Los modelos certificados, además, no pueden superar los 1.000 W de potencia nominal (2.500 W si son autoequilibrados) y deben pesar menos de 50 kg.
Para el seguro, la Ley 5/2025 los llama vehículos personales ligeros: los de menos de 25 kg que van a entre 6 y 25 km/h, o los de más de 25 kg que no pasan de 14 km/h. Los VMP que pesan más de 25 kg y superan los 14 km/h se tratan como vehículos a motor a efectos del seguro. Un patinete que corre más de 25 km/h (por fabricación o porque está trucado) no es un VMP y no puede circular como tal.
Certificado de circulación: la fecha clave es el 22 de enero de 2027
Desde el 22 de enero de 2024 solo se pueden vender patinetes nuevos con certificado de circulación, que garantiza que el modelo cumple el manual técnico de la DGT. Se reconocen porque llevan una placa de marcaje fija y troquelada con la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado y el año de fabricación.
Los patinetes vendidos antes sin certificado pueden inscribirse de forma temporal, pero solo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027. Antes de comprar uno, consulta el listado de modelos certificados de la DGT.
Registro en la DGT y etiqueta identificativa
Desde el 30 de enero de 2026 (Real Decreto 52/2026) todos los patinetes eléctricos deben estar inscritos en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT y llevar una etiqueta con su número, a modo de matrícula.
- Dónde: en la sede electrónica de la DGT con Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, o en una oficina con cita previa.
- Qué necesitas: la ficha técnica con el número de certificado y una foto de la placa con el número de serie. Si el modelo no está certificado, la ficha técnica o una foto del patinete.
- Cuánto cuesta: la tasa 4.1, de 8,67 €.
- Qué recibes: un certificado de inscripción en PDF con un número del tipo M 1234 BCD. Con él compras la etiqueta en un centro de placas de matrícula y la pegas en la parte trasera, bajo la luz.
- Menores: pueden tener el patinete a su nombre, pero el trámite lo hace su tutor legal.
Seguro obligatorio
La Ley 5/2025 creó el seguro obligatorio de responsabilidad civil para patinetes eléctricos. Cubre los daños que causes a otras personas. Para contratarlo necesitas el certificado de inscripción de la DGT, así que primero hay que registrar el patinete.
- Circular sin seguro se multa con un tercio de la sanción de un coche sin seguro, y los agentes pueden inmovilizar el patinete.
- Si causas un accidente sin seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros indemniza los daños personales de la víctima, pero después puede reclamarte lo que haya pagado.
Normas para circular desde el 1 de octubre de 2026
La reforma del Reglamento General de Circulación (Real Decreto 518/2026) fija unas reglas comunes para toda España:
- Casco obligatorio, homologado o certificado y bien abrochado. Multa de 200 €.
- Edad mínima de 15 años para conducirlo.
- De noche o con poca visibilidad, chaleco o elementos reflectantes visibles a 150 metros. Multa de 200 €.
- Prohibido circular por las aceras, sin excepciones.
- Prohibido ir por autopistas, autovías, travesías, vías interurbanas y túneles urbanos, salvo por carriles bici y vías ciclistas.
- Riders y repartidores en patinete: casco y chaleco reflectante en todo momento.
- Luces encendidas siempre, también de día, a partir del 1 de octubre de 2027.
Siguen vigentes las demás normas:
- Velocidad máxima de 25 km/h.
- Una sola persona por patinete.
- Prohibido conducir con auriculares o con el móvil en la mano.
- Los controles de alcohol y drogas son los mismos que para el resto de conductores.
Cada ayuntamiento decide por qué calles y zonas se puede circular, y cada operador de transporte público si se puede subir el patinete. Consulta la ordenanza de tu ciudad.
Comprar o vender un patinete de segunda mano: qué revisar
Si compras
- Busca la placa de marcaje y comprueba el número de certificado en el listado de la DGT. Si no está certificado, solo podrás usarlo hasta el 22 de enero de 2027: tenlo en cuenta en el precio.
- Pide la ficha técnica, la factura y el cargador original. La ficha técnica la necesitas para inscribirlo.
- Pregunta si está inscrito en la DGT y pide el número de la etiqueta (M 1234 BCD).
- Desconfía de los patinetes trucados o con potencia o velocidad por encima de lo permitido: está prohibido manipular el controlador o el motor, y no podrás circular legalmente con él.
- Contrata tu propio seguro en cuanto el patinete esté a tu nombre.
Cambio de titular en la DGT (transferencia)
- El comprador inicia la transferencia en la sede de la DGT con el NIF del vendedor y el número de la etiqueta, y paga la tasa de 8,67 €.
- El vendedor recibe un aviso y tiene 72 horas para autorizarla. También puede autorizarla antes, y el comprador tiene entonces 72 horas para completarla. Sin su autorización, la transferencia no se formaliza.
- El comprador recibe por email el certificado de inscripción a su nombre. Hay que hacerlo en los 30 días siguientes a la venta.
También se puede hacer en una oficina de la DGT, con cita previa, presentando el contrato de compraventa firmado por los dos. Si el patinete no estaba inscrito, no hay transferencia: el comprador lo inscribe directamente a su nombre.
Si vendes
- Marca en el anuncio, en el apartado «Papeles DGT», si el patinete tiene certificado y si está inscrito: los compradores pueden filtrar por ello y se vende antes.
- Incluye la ficha técnica y una foto de la placa de marcaje.
- Autoriza la transferencia cuando te llegue el aviso de la DGT y, una vez hecha, da de baja tu seguro.
Más consejos en nuestra guía de compraventa segura y en cómo vender tu patinete.
Calendario de la normativa
- 22/01/2024: solo se pueden vender patinetes nuevos con certificado de circulación.
- 2026: seguro obligatorio de responsabilidad civil (Ley 5/2025).
- 30/01/2026: se abre el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT y la inscripción pasa a ser obligatoria.
- 01/10/2026: casco obligatorio, edad mínima de 15 años y reflectante de noche.
- 22/01/2027: los patinetes sin certificado dejan de poder circular.
- 01/10/2027: luces encendidas siempre, también de día.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el seguro para el patinete eléctrico?
Sí. La Ley 5/2025 obliga a tener un seguro de responsabilidad civil para los patinetes eléctricos. Para contratarlo, el patinete tiene que estar inscrito en el Registro de Vehículos de la DGT, que funciona desde el 30 de enero de 2026. Circular sin seguro se sanciona con un tercio de la multa de un coche sin seguro y puede suponer la inmovilización del patinete.
¿Hay que matricular el patinete eléctrico?
Hay que inscribirlo en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT. Se hace por internet en la sede electrónica de la DGT, cuesta 8,67 € (tasa 4.1) y te dan un certificado de inscripción con un número del tipo M 1234 BCD. Con ese certificado compras la etiqueta identificativa en un centro de placas de matrícula y la pegas en la parte trasera del patinete.
¿Qué pasa con los patinetes sin certificado a partir de 2027?
Desde el 22 de enero de 2024 solo se pueden vender patinetes nuevos con certificado de circulación de la DGT. Los que se vendieron antes sin certificado pueden inscribirse de forma temporal, pero solo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027. A partir de esa fecha, solo podrán circular los patinetes certificados.
¿Es obligatorio el casco en patinete eléctrico?
Sí, desde el 1 de octubre de 2026 el casco es obligatorio para todos los usuarios de patinete eléctrico en toda España, bien abrochado y homologado o certificado. No llevarlo es una infracción grave con multa de 200 €.
¿Qué edad mínima hay para conducir un patinete eléctrico?
15 años. Desde el 1 de octubre de 2026 los menores de 15 años no pueden conducir un patinete eléctrico en ninguna vía.
¿Se puede ir en patinete por la acera?
No. Está prohibido circular por las aceras. Tampoco se puede ir por autopistas, autovías, travesías, vías interurbanas ni túneles urbanos, salvo que sean carriles bici o vías ciclistas. Por dónde se puede circular dentro de la ciudad lo decide cada ayuntamiento en su ordenanza.
Si compro un patinete de segunda mano, ¿tengo que hacer algún trámite?
Sí. Si el patinete ya está inscrito, hay que hacer la transferencia en la DGT en un plazo de 30 días: la inicia el comprador por internet, paga la tasa de 8,67 € y el vendedor la autoriza en 72 horas. Si no estaba inscrito, el comprador lo inscribe a su nombre. Después, el comprador contrata su propio seguro.
¿Cuál es la velocidad máxima de un patinete eléctrico?
Un patinete eléctrico (VMP) tiene por diseño una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h. Está prohibido manipular el controlador o el motor para que corra más: un patinete trucado deja de cumplir los requisitos para circular como VMP.
Fuentes oficiales
- Ley 5/2025, de 24 de julio (seguro obligatorio)
- Real Decreto 52/2026, de 28 de enero (registro de vehículos personales ligeros)
- Real Decreto 518/2026, de 24 de junio (reforma del Reglamento General de Circulación)
- DGT · Vehículos de Movilidad Personal y listado de modelos certificados
- Sede DGT · Inscripción de un VMP
- Sede DGT · Transferencia de un VMP de segunda mano
Esta guía es informativa y no sustituye a la normativa oficial. Las ordenanzas municipales pueden añadir requisitos. Si ves algún dato desactualizado, escríbenos a hola@patineteocasion.com.